Add parallel Print Page Options

Leyes sobre el robo

22 Cuando alguno hurte buey u oveja, y lo degüelle o venda, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.

Si el ladrón es hallado forzando una casa, y es herido y muere, el que lo hirió no será culpado de su muerte.

Pero si sucede de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tiene con qué, será vendido por su hurto.

Read full chapter

Bible Gateway Recommends