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20 Toda la porción reservada en un cuadro de veinticinco mil por veinticinco mil cañas, será la porción que reservaréis para el santuario y como propiedad de la ciudad.

21 »Del gobernante será lo que quede a uno y otro lado de la porción santa y de la propiedad de la ciudad, esto es: delante de las veinticinco mil cañas de la porción hasta el límite oriental; y al occidente, delante de las veinticinco mil hasta el límite occidental. Lo que quede delante de dichas partes será del gobernante: será una porción santa, y el santuario de la casa estará en medio de ella. 22 De este modo la parte del gobernante será la comprendida desde la porción de los levitas y la porción de la ciudad, entre el límite de Judá y el límite de Benjamín.

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