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Protección de la propiedad

22 »Si alguien roba un buey y lo mata o lo vende, pagará cinco por uno: cinco bueyes serán devueltos por un buey robado. Si se trata de una oveja, serán cuatro por una: cuatro ovejas serán devueltas por una robada.

»Si el ladrón es sorprendido en el acto de entrar en una casa y lo matan, el que lo mató no es culpable. Pero si ocurre a la luz del día, se presume que es homicidio, y el que lo mató es culpable. Si se captura a un ladrón, debe hacer completa restitución de lo robado. Si no puede, debe ser vendido como esclavo para cancelar su deuda. Si es sorprendido robando un buey, un burro, una oveja o cualquier otra cosa, pagará el doble de su valor como multa.

»Si alguien deliberadamente deja suelto un animal, y este se introduce en la viña de un vecino o entra a pastar en su campo, con lo mejor de su propia cosecha esa persona deberá pagar todos los daños.

»Si se prende fuego para quemar la maleza, y el fuego pasa a la propiedad de un vecino y destruye su cosecha, sea que esté amontonada o que aún no haya sido cortada, el autor del fuego deberá pagar todos los daños.

»Si alguien entrega dinero o cosas de valor a otra persona para que se las guarde, y estos le son robados, el ladrón pagará el doble, en caso de que lo atrapen. Pero si no se descubre al ladrón, entonces el hombre que recibió las cosas en depósito será llevado a los jueces, para que determinen si dispuso de los bienes o si participó en el robo.

»En todo caso en que un buey, un burro, una oveja, ropa o cualquier otra cosa se haya perdido, y el propietario piense que lo ha encontrado en poder de otro que lo niega, los dos se presentarán ante los jueces; y el que sea declarado culpable pagará el doble al otro.

10 »Si un hombre le pide a su vecino que le guarde un burro, una oveja o cualquier otro animal, y este muere, se hace daño, o se pierde, y no hay testigos que puedan dar cuenta de lo que ocurrió, 11 el vecino deberá jurar ante el Señor que no lo ha robado; y el propietario deberá aceptar su palabra, y no se hará restitución por ello. 12 Pero si el animal o la posesión del otro han sido robados, el que lo tenía en custodia deberá hacer restitución al propietario. 13 Si fue atacado por algún animal salvaje, traerá los despojos para confirmar el hecho, y no tendrá que hacer restitución.

14 »Si un hombre pide prestado un animal o cualquier otra cosa a un vecino, y lo prestado sufre daño o muere cuando el propietario no se encontraba presente, el hombre que lo tomó prestado deberá pagarlo. 15 Pero si el propietario estaba presente, no necesita pagar, y si era alquilado, solo tendrá que pagar el alquiler.

Responsabilidades sociales

16 »Si un hombre seduce a una mujer que aún no está comprometida, deberá pagar la dote usual y aceptarla por esposa. 17 Pero si el padre se niega a que se case con ella, pagará de todos modos la dote.

18 »Las hechiceras deberán ser condenadas a muerte.

19 »Cualquiera que tenga relaciones sexuales con animales deberá ser condenado a muerte.

20 »Cualquiera que ofrezca sacrificios a otros dioses, en vez de ofrecérselos sólo al Señor, será condenado a muerte.

21 »No maltraten ni opriman al extranjero. Recuerden que ustedes fueron extranjeros en Egipto.

22 »No hagan daño alguno a la viuda o al huérfano. 23 Si lo hacen, y ellos claman a mí pidiendo ayuda, ciertamente los ayudaré. 24 Entonces desataré mi ira contra ustedes y haré que mueran a filo de espada. ¡De este modo las que se quedarán viudas serán sus esposas, y los que se quedarán huérfanos serán sus hijos!

25 »Si prestan dinero a un israelita necesitado, no le cobrarán interés en la forma acostumbrada. 26 Si toman su túnica como prenda, deberán devolvérsela en la noche. 27 Es probable que sea su único abrigo, de modo que no tendrá con qué cobijarse en la noche. Si no le devuelven su túnica, y él clama a mí, entonces yo lo atenderé, porque soy muy compasivo.

28 »No ofenderán ni maldecirán a las autoridades, ni a los jueces ni a los gobernantes.

29 »Deberán dar el diezmo de sus cosechas y de sus vinos, y el pago de rescate de sus hijos primogénitos.

30 »En cuanto al primero de sus ganados y de sus rebaños, deberán entregármelos en el octavo día, después de dejarlo estar con su madre siete días.

31 »Y por cuanto ustedes son mi pueblo especial, no comerán la carne de ningún animal que haya sido atacado y muerto por una bestia salvaje. Esa carne se la echarán a los perros.

Leyes sobre la restitución

22 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.

Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte. Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble.

Si alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará.

Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.

Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.

En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.

10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y este muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. 12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.

14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. 15 Si el dueño estaba presente no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler.

Leyes humanitarias

16 Si alguno engañare a una doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer. 17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes.(A)

18 A la hechicera(B) no dejarás que viva.

19 Cualquiera que cohabitare con bestia, morirá.(C)

20 El que ofreciere sacrificio a dioses excepto solamente a Jehová, será muerto.(D)

21 Y al extranjero no engañarás ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. 22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.(E) 23 Porque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor; 24 y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos.

25 Cuando prestares dinero a uno de mi pueblo, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.(F) 26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a la puesta del sol se lo devolverás. 27 Porque solo eso es su cubierta, es su vestido para cubrir su cuerpo. ¿En qué dormirá? Y cuando él clamare a mí, yo le oiré, porque soy misericordioso.(G)

28 No injuriarás a los jueces,[a] ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.(H)

29 No demorarás la primicia de tu cosecha ni de tu lagar.

Me darás el primogénito de tus hijos. 30 Lo mismo harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.

31 Y me seréis varones santos. No comeréis carne destrozada por las fieras(I) en el campo; a los perros la echaréis.

Footnotes

  1. Éxodo 22:28 O, a Dios.