Protección de la propiedad

22 »Si alguien roba un toro o una oveja y lo mata o lo vende, deberá devolver cinco cabezas de ganado por el toro y cuatro ovejas por la oveja.

»Si un ladrón es sorprendido entrando a una casa y se le mata, su muerte no se considerará asesinato.

»Si se mata al ladrón a plena luz del día, su muerte se considerará asesinato.

»El ladrón está obligado a restituir lo robado. Si no tiene con qué hacerlo, será vendido para restituir lo robado.

»Si el animal robado se halla en su poder y todavía con vida, deberá restituirlo doble, ya sea que se trate de un toro, un asno o una oveja.

»Si alguien apacienta su ganado en un campo o en una viña, y por dejar a sus animales sueltos ellos pastan en campo ajeno, el dueño del animal deberá reparar el daño con lo mejor de su cosecha.

»Si se prende fuego en pasto seco, y el fuego se propaga y quema algún trigal, o el trigo ya apilado, o algún campo sembrado, el que haya comenzado el fuego deberá reparar el daño.

»Si alguien deja dinero o bienes en la casa de un amigo, y esos bienes son robados, el ladrón deberá devolver el doble, en caso de que lo atrapen.

»Si no se atrapa al ladrón, el dueño de la casa deberá comparecer ante los jueces[a] para que se determine si no dispuso de los bienes del otro.

»En todos los casos de posesión ilegal, las dos partes deberán llevar el asunto ante los jueces. El que sea declarado culpable deberá restituir el doble a su prójimo, ya sea que se trate de un toro, o de un asno, o de una oveja, o de ropa, o de cualquier otra cosa perdida que alguien reclame como de su propiedad.

10 »Si alguien deja al cuidado de algún amigo suyo un asno, un toro, una oveja, o cualquier otro animal, y el animal muere, o sufre algún daño, o es robado sin que nadie lo vea, 11 el amigo del dueño jurará ante el Señor no haberse adueñado de la propiedad de su amigo. El dueño deberá aceptar ese juramento y el amigo no deberá restituirle nada.

12 »Si el animal fue robado al amigo, este deberá indemnizar al dueño.

13 »Si el animal fue despedazado por una fiera, el amigo no tendrá que indemnizar al dueño si presenta como evidencia los restos del animal.

14 »Si alguien pide prestado un animal de algún amigo suyo, y el animal sufre algún daño o muere, no estando presente su dueño, el que lo pidió prestado deberá restituirlo.

15 »Si el dueño del animal estaba presente, el que pidió prestado el animal no tendrá que pagar nada.

»Si el animal fue alquilado, el precio del alquiler cubrirá la pérdida.

Responsabilidades sociales

16 »Si alguien seduce a una mujer virgen que no esté comprometida para casarse, y se acuesta con ella, deberá pagarle su precio al padre y tomarla por esposa. 17 Aun si el padre se niega a entregársela, el seductor deberá pagar el precio establecido para las vírgenes.

18 »No dejes con vida a ninguna hechicera.

19 »Todo el que tenga relaciones sexuales con un animal será condenado a muerte.

20 »Todo el que ofrezca sacrificios a otros dioses, en vez de ofrecérselos al Señor, será condenado a muerte.

21 »No maltrates ni oprimas a los extranjeros, pues también tú y tu pueblo fueron extranjeros en Egipto.

22 »No explotes a las viudas ni a los huérfanos, 23 porque, si tú y tu pueblo lo hacen y ellos me piden ayuda, yo te aseguro que atenderé a su clamor: 24 arderá mi furor y los mataré a ustedes a filo de espada. Y sus mujeres se quedarán viudas y sus hijos, huérfanos.

25 »Si uno de ustedes presta dinero a algún necesitado de mi pueblo, no deberá tratarlo como los prestamistas ni le cobrará intereses.

26 »Si alguien toma en prenda el manto de su prójimo, deberá devolvérselo al caer la noche. 27 Ese manto es lo único que tiene para abrigarse; no tiene otra cosa sobre la cual dormir. Si se queja ante mí, yo atenderé a su clamor, pues soy un Dios misericordioso.

28 »No blasfemes nunca contra Dios[b] ni maldigas al jefe de tu pueblo.

29 »No te demores en presentarme las ofrendas de tus graneros y de tus lagares.[c]

»El primogénito de tus hijos será para mí.

30 »También serán para mí los primogénitos de tus toros y de tus ovejas. Los dejarás con sus madres siete días, pero al octavo día me los entregarás.

31 »Ustedes serán mi pueblo santo.

»No comerán la carne de ningún animal que haya sido despedazado por las fieras. Esa carne se la echarán a los perros.

Footnotes

  1. 22:8 ante los jueces. Alt. ante Dios; también en v. 9.
  2. 22:28 No blasfemes nunca contra Dios. Alt. Nunca desprecies a los jueces.
  3. 22:29 las ofrendas … lagares. Frase de difícil traducción.

Leyes sobre la restitución

22 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.

Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte. Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble.

Si alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará.

Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.

Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.

En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.

10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y este muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. 12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.

14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. 15 Si el dueño estaba presente no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler.

Leyes humanitarias

16 Si alguno engañare a una doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer. 17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes.(A)

18 A la hechicera(B) no dejarás que viva.

19 Cualquiera que cohabitare con bestia, morirá.(C)

20 El que ofreciere sacrificio a dioses excepto solamente a Jehová, será muerto.(D)

21 Y al extranjero no engañarás ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. 22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.(E) 23 Porque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor; 24 y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos.

25 Cuando prestares dinero a uno de mi pueblo, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.(F) 26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a la puesta del sol se lo devolverás. 27 Porque solo eso es su cubierta, es su vestido para cubrir su cuerpo. ¿En qué dormirá? Y cuando él clamare a mí, yo le oiré, porque soy misericordioso.(G)

28 No injuriarás a los jueces,[a] ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.(H)

29 No demorarás la primicia de tu cosecha ni de tu lagar.

Me darás el primogénito de tus hijos. 30 Lo mismo harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.

31 Y me seréis varones santos. No comeréis carne destrozada por las fieras(I) en el campo; a los perros la echaréis.

Footnotes

  1. Éxodo 22:28 O, a Dios.