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el ciervo, la gacela, el corzo, la cabra salvaje, el antílope adax, el antílope y la oveja montés.

»Puedes comer cualquier animal rumiante y que tenga las pezuñas totalmente partidas, pero no lo comerás si no reúne ambas condiciones. Por lo tanto, no comerás camellos ni liebres ni damanes.[a] Estos son rumiantes pero no tienen las pezuñas partidas, así que son ceremonialmente impuros para ti.

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Footnotes

  1. 14:7 O conejos salvajes, o tejones de las rocas.

el ciervo, la gacela, el corzo, la cabra montés, el íbice, el antílope y el carnero montés. Y todo animal de pezuñas, que tiene hendidura de dos uñas, y que rumiare entre los animales, ese podréis comer. Pero estos no comeréis, entre los que rumian o entre los que tienen pezuña hendida: camello, liebre y conejo; porque rumian, mas no tienen pezuña hendida, serán inmundos;

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el ciervo, la gacela, el venado, la cabra montés, el íbice, el antílope y el carnero montés.[a] Podrás comer cualquier animal rumiante que tenga la pezuña hendida y partida en dos; pero no podrás comer camello, liebre ni tejón porque, aunque rumian, no tienen la pezuña partida. Los tendrás por animales impuros.

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Footnotes

  1. 14:5 La identificación de algunas aves y animales de este capítulo no ha podido establecerse con precisión.