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Leyes para los esclavos(A)

12 »Si un compatriota hebreo, hombre o mujer se vende a ti y te sirve durante seis años, al séptimo año le darás la libertad. 13 Pero al darle su libertad no lo despedirás con las manos vacías, 14 sino que lo abastecerás generosamente, dándole de tus ovejas, de tu trigo y de tu vino, y de aquello con lo que el Señor te haya bendecido. 15 Acuérdate de que fuiste esclavo en Egipto, y que de allí el Señor tu Dios te rescató; por eso hoy te ordeno esto.

16 »Si tu esclavo te dice: “No quiero dejarte”, porque te ama a ti y a tu familia, y porque está a gusto contigo, 17 entonces tomarás una lesna y le horadarás la oreja contra la puerta, y para siempre será tu esclavo. Y lo mismo harás con tu esclava.

18 »No debes lamentar el darle su libertad, porque durante seis años te sirvió por la mitad de la paga de un jornalero, y el Señor tu Dios te bendijo en todo lo que hiciste.(B)

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Leyes sobre los esclavos

(Ex. 21.1-11)

12 Si se vendiere a ti tu hermano hebreo o hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo le despedirás libre. 13 Y cuando lo despidieres libre, no le enviarás con las manos vacías. 14 Le abastecerás liberalmente de tus ovejas, de tu era y de tu lagar; le darás de aquello en que Jehová te hubiere bendecido. 15 Y te acordarás de que fuiste siervo en la tierra de Egipto, y que Jehová tu Dios te rescató; por tanto yo te mando esto hoy. 16 Si él te dijere: No te dejaré; porque te ama a ti y a tu casa, y porque le va bien contigo; 17 entonces tomarás una lesna, y horadarás su oreja contra la puerta, y será tu siervo para siempre; así también harás a tu criada. 18 No te parezca duro cuando le enviares libre, pues por la mitad del costo de un jornalero te sirvió seis años; y Jehová tu Dios te bendecirá en todo cuanto hicieres.(A)

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