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El año de remisión

15 Cada siete años harás remisión. Y esta es la manera de la remisión: perdonará a su deudor todo aquel que hizo empréstito de su mano, con el cual obligó a su prójimo; no lo demandará más a su prójimo, o a su hermano, porque es pregonada la remisión de Jehová. Del extranjero demandarás el reintegro; pero lo que tu hermano tuviere tuyo, lo perdonará tu mano, para que así no haya en medio de ti mendigo; porque Jehová te bendecirá con abundancia en la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad para que la tomes en posesión, si escuchares fielmente la voz de Jehová tu Dios, para guardar y cumplir todos estos mandamientos que yo te ordeno hoy. Ya que Jehová tu Dios te habrá bendecido, como te ha dicho, prestarás entonces a muchas naciones, mas tú no tomarás prestado; tendrás dominio sobre muchas naciones, pero sobre ti no tendrán dominio.

Préstamos a los pobres

Cuando haya en medio de ti menesteroso de alguno de tus hermanos en alguna de tus ciudades, en la tierra que Jehová tu Dios te da, no endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano contra tu hermano pobre, sino abrirás a él tu mano liberalmente, y en efecto le prestarás lo que necesite.(A) Guárdate de tener en tu corazón pensamiento perverso, diciendo: Cerca está el año séptimo, el de la remisión, y mires con malos ojos a tu hermano menesteroso para no darle; porque él podrá clamar contra ti a Jehová, y se te contará por pecado. 10 Sin falta le darás, y no serás de mezquino corazón cuando le des; porque por ello te bendecirá Jehová tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que emprendas. 11 Porque no faltarán menesterosos en medio de la tierra;(B) por eso yo te mando, diciendo: Abrirás tu mano a tu hermano, al pobre y al menesteroso en tu tierra.

Leyes sobre los esclavos

(Ex. 21.1-11)

12 Si se vendiere a ti tu hermano hebreo o hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo le despedirás libre. 13 Y cuando lo despidieres libre, no le enviarás con las manos vacías. 14 Le abastecerás liberalmente de tus ovejas, de tu era y de tu lagar; le darás de aquello en que Jehová te hubiere bendecido. 15 Y te acordarás de que fuiste siervo en la tierra de Egipto, y que Jehová tu Dios te rescató; por tanto yo te mando esto hoy. 16 Si él te dijere: No te dejaré; porque te ama a ti y a tu casa, y porque le va bien contigo; 17 entonces tomarás una lesna, y horadarás su oreja contra la puerta, y será tu siervo para siempre; así también harás a tu criada. 18 No te parezca duro cuando le enviares libre, pues por la mitad del costo de un jornalero te sirvió seis años; y Jehová tu Dios te bendecirá en todo cuanto hicieres.(C)

Consagración de los primogénitos machos

19 Consagrarás a Jehová tu Dios todo primogénito macho de tus vacas y de tus ovejas;(D) no te servirás del primogénito de tus vacas, ni trasquilarás el primogénito de tus ovejas. 20 Delante de Jehová tu Dios los comerás cada año, tú y tu familia, en el lugar que Jehová escogiere. 21 Y si hubiere en él defecto, si fuere ciego, o cojo, o hubiere en él cualquier falta, no lo sacrificarás a Jehová tu Dios. 22 En tus poblaciones lo comerás; el inmundo lo mismo que el limpio comerán de él, como de una gacela o de un ciervo. 23 Solamente que no comas su sangre;(E) sobre la tierra la derramarás como agua.

El año del perdón de las deudas

15 Cada siete años perdonarás las deudas. Lo harás de la siguiente manera: cada acreedor perdonará a su prójimo el préstamo que le haya hecho. Ya no exigirá a su prójimo o hermano el pago de la deuda, porque se habrá proclamado el año del perdón de las deudas en honor del Señor. Podrás exigirle el pago de sus deudas al extranjero, pero a tu hermano perdonarás cualquier deuda que tenga contigo. Entre ustedes no deberá haber pobres, porque el Señor tu Dios te colmará de bendiciones en la tierra que él mismo te da para que la poseas como herencia. Y así será, siempre y cuando obedezcas al Señor tu Dios y cumplas fielmente todos estos mandamientos que hoy te ordeno. El Señor tu Dios te bendecirá, como lo ha prometido, y tú podrás prestar a muchas naciones, pero no tendrás que pedir prestado de ninguna. Dominarás a muchas naciones, pero ninguna te dominará a ti.

Cuando en alguna de las ciudades de la tierra que el Señor tu Dios te da haya algún pobre entre ustedes, no endurezcas tu corazón ni le cierres tu mano. Antes bien, tiéndele la mano y préstale generosamente lo que necesite. No des cabida en tu corazón a la perversa idea de que, por acercarse el año séptimo, año del perdón de las deudas, puedes hacer mala cara y no dar nada a tu compatriota necesitado. De lo contrario, él podrá apelar al Señor contra ti y tú resultarás culpable de pecado. 10 Den con generosidad y háganlo de buena gana; así el Señor tu Dios bendecirá todos tus trabajos y todo lo que emprendas. 11 Gente pobre en esta tierra siempre la habrá; por eso te ordeno que seas generoso con tus hermanos hebreos y con los pobres y necesitados de tu tierra.

Liberación de los esclavos(A)

12 Si tu hermano hebreo, hombre o mujer, se vende a ti y te sirve durante seis años, en el séptimo año lo dejarás libre. 13 Y cuando lo liberes, no lo despidas con las manos vacías. 14 Abastécelo bien con regalos de tus rebaños, de tus cultivos y de tu lagar. Dale según el Señor tu Dios te haya bendecido. 15 Recuerda que fuiste esclavo en Egipto, y que el Señor tu Dios te dio libertad. Por eso te doy ahora esta orden.

16 Pero si tu esclavo, porque te ama a ti y a tu familia y le va bien contigo, te dice: «No quiero dejarte», 17 entonces tomarás un punzón y, apoyándole la oreja contra una puerta, le perforarás el lóbulo. Así se convertirá en tu esclavo de por vida. Lo mismo harás con la esclava.

18 No te pese dejar en libertad a tu esclavo, porque sus servicios durante esos seis años te costaron apenas la mitad de lo que habrías pagado a un jornalero. Así el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas.

Los animales primogénitos

19 Consagrarás para el Señor tu Dios todo primogénito macho de tus vacas y ovejas. No pondrás a trabajar al primogénito de tus bueyes ni esquilarás al primogénito de tus ovejas. 20 Cada año, tú y tu familia los comerán en la presencia del Señor tu Dios, en el lugar que él habrá de elegir. 21 Si alguno de esos animales está cojo o ciego, o tiene algún otro defecto grave, no se lo presentarás en sacrificio al Señor tu Dios. 22 En tal caso, podrás comerlo en tu propia ciudad, como si fuera una gacela o un ciervo, estés o no ritualmente puro. 23 Pero no comerás la sangre, sino que la derramarás en la tierra como si fuera agua.

El año del perdón de deudas

15 »Cada siete años perdonarás lo que otros te deban.

»Este perdón consistirá en lo siguiente: Toda persona que haya prestado algo a su prójimo, le perdonará lo que le haya prestado. Ya no deberá exigir a su prójimo o a su compatriota que le pague, porque será proclamado el año del perdón de deudas en honor del Señor. Al extranjero le podrás exigir que te pague el préstamo que le hiciste, pero a tu compatriota deberás perdonarle lo que haya recibido de ti. De esta manera no habrá pobres entre ustedes, pues el Señor tu Dios te bendecirá en el país que él te va a dar como herencia, siempre y cuando le obedezcas y pongas en práctica todos estos mandamientos que yo te he dado hoy. Sí, el Señor tu Dios te bendecirá, tal como te lo ha prometido, y tendrás para prestar a muchas naciones, pero tú no tendrás que pedir prestado; dominarás a muchas naciones, pero ellas no te dominarán a ti.

»Si hay algún pobre entre tus compatriotas en alguna de las ciudades del país que el Señor tu Dios te da, no seas inhumano ni le niegues tu ayuda a tu compatriota necesitado; al contrario, sé generoso con él y préstale lo que necesite. No des lugar en tu mente a este malvado pensamiento: “Ya está cerca el año séptimo, el año en que se perdonan las deudas”, y entonces pongas mala cara a tu compatriota que se halla en la pobreza, y no le prestes nada; porque él clamará contra ti al Señor, y tal acción se te contará como pecado. 10 Debes ayudarlo siempre y sin que te pese, porque por esta acción el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas y emprendas. 11 Nunca dejará de haber necesitados en la tierra, y por eso yo te mando que seas generoso con aquellos compatriotas tuyos que sufran pobreza y miseria en tu país.

Leyes sobre los esclavos(A)

12 »Si alguno de tus compatriotas hebreos, sea hombre o mujer, se vende a ti como esclavo, sólo te servirá seis años; al séptimo año lo dejarás en libertad. 13 Y cuando lo despidas, no lo dejarás ir con las manos vacías, 14 sino que le darás animales de tu rebaño y mucho trigo y vino; es decir, compartirás con él los bienes que el Señor tu Dios te haya dado. 15 No olvides que también tú fuiste esclavo en Egipto, y que el Señor tu Dios te dio libertad. Por eso ahora te doy esa orden.

16 »Pero si tu esclavo dice que no quiere dejarte porque siente cariño por ti y por tu familia, y porque lo tratas bien, 17 entonces tomarás un punzón y, arrimándolo a la puerta de tu casa, le atravesarás la oreja; de esta manera será esclavo tuyo para siempre. Lo mismo harás si se trata de tu esclava. 18 No te parezca mal dejar en libertad a tus esclavos, pues durante seis años te han servido por la mitad de lo que le habrías pagado a un jornalero; además, el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas.

Consagración de los primeros animales machos

19 »Todo primer macho que nazca de tus vacas o de tus ovejas, deberás consagrarlo al Señor tu Dios.

»No hagas trabajar al primer ternerito de tus vacas, ni esquiles al primer corderito de tus ovejas. 20 Cada año los comerás junto con tu familia y delante del Señor tu Dios, en el lugar que él haya escogido. 21 Pero si tiene algún defecto, o es cojo o ciego, o tiene cualquier otra falta, no lo presentarás en sacrificio al Señor. 22 Lo comerás en la ciudad donde vivas, y todos podrán comer de él, estén o no estén ritualmente puros, como cuando se come la carne de gacela o de ciervo. 23 Pero no debes comer su sangre, sino derramarla en la tierra como agua.

El año de liberación

15 1-5 Moisés continuó diciéndoles:

«Cada siete años, ustedes deberán perdonar lo que otros les deban. Es decir, en caso de haberle prestado algo a otro israelita, no deberán reclamar el pago de esa deuda. Dios ha ordenado que ese año se perdonen todas las deudas. Si obedecen los mandamientos de Dios, él bendecirá la tierra que les ha dado y nunca habrá gente pobre en Israel. Podrán cobrarles a los extranjeros que vivan en la ciudad, pero no a sus hermanos israelitas.

»Cuando ya vivan en el país que Dios les va a dar, será tanto lo que Dios les dará, que les sobrará para prestarles a otros países. Ustedes nunca tendrán que pedir prestado; al contrario, dominarán a los demás países. ¡Así lo ha prometido Dios!

7-9 »Si acaso hay israelitas pobres en la ciudad donde ustedes vivan, no sean malos ni egoístas; más bien, sean generosos y préstenles todo lo que necesiten. No les nieguen nada. No se pongan a pensar que ya se acerca el año de liberación y que no les conviene prestar dinero. Si ellos los acusan con Dios, ustedes tendrán que responder por ese pecado. 10 Mejor ayuden siempre al pobre, y háganlo con alegría. Si lo hacen, les irá bien y Dios los bendecirá en todo lo que hagan. 11 En este mundo siempre habrá gente pobre. Por eso les ordeno que sean generosos con la gente pobre y necesitada del país.

Leyes sobre los esclavos

12-14 »Si algún israelita, hombre o mujer, se vende a sí mismo como esclavo, no se le podrá obligar a trabajar más de seis años. Cuando llegue el séptimo año se le dejará en libertad. Además, el que lo haya comprado, deberá compartir con él las bendiciones que Dios le haya dado. Para que no se vaya con las manos vacías, deberá darle parte del ganado, del trigo y del vino que tenga. 15 Jamás olviden que también ustedes fueron esclavos en Egipto, y que Dios les dio libertad. Por eso les doy esta orden.

16-17 »Si el esclavo o la esclava recibe buen trato, y por amor a su amo y a su familia no acepta su libertad, entonces el amo le hará un pequeño hueco en la oreja. Eso indicará que el esclavo o la esclava le pertenece para siempre.

18 »No se enojen cuando tengan que dejar en libertad a sus esclavos. Después de todo, ellos han trabajado para ustedes durante seis años, y ustedes les han pagado sólo la mitad de lo que gana cualquier trabajador. Cumplan con esto, y Dios los bendecirá en todo lo que hagan.

Entrega de los primeros animales en nacer

19 »Cuando sus vacas o sus ovejas tengan crías, deberán apartar para Dios todos los animales machos que nazcan primero. No deberán poner a trabajar al primer ternero de sus vacas, ni quitarle la lana al primer cordero de sus ovejas, pues esos animales le pertenecen a Dios.

20 »Cada año tomarán esos animales y los comerán durante una ceremonia especial, la cual celebrarán en el santuario junto con sus familias. 21 No le ofrezcan a Dios ningún animal que tenga un defecto físico, o esté cojo o ciego. 22 Los animales así no tendrán que llevarlos al santuario, sino que deberán comerlos en su ciudad. Aunque ustedes no estén preparados ni puros, todos podrán comer de esos animales. Harán lo mismo que cuando se trata de una gacela o de un venado. 23 Lo único que no deben comer es la sangre de esos animales; deberán dejar que se escurra sobre el suelo.»