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Condiciones para la restauración y la bendición

30 »Cuando todo esto te haya sobrevenido, es decir, la bendición y la maldición que he puesto ante ti, si estando en medio de todas las naciones a las que el Señor tu Dios te haya arrojado te arrepientes y con todo tu corazón y con toda tu alma te vuelves al Señor tu Dios, lo mismo que tus hijos, y prestas atención a su voz conforme a todo lo que hoy te mando cumplir, entonces el Señor tu Dios hará volver a tus cautivos, y tendrá misericordia de ti, y volverá a recogerte de entre todos los pueblos por donde te haya esparcido. Aun cuando tus desterrados se encuentren en los lugares más remotos que hay debajo del cielo, de allí te tomará y te recogerá el Señor tu Dios.

»El Señor tu Dios te hará volver a la tierra que tus padres recibieron en propiedad, y será tuya; y te tratará con bondad y te multiplicará más que a tus padres.

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Condiciones para la restauración y la bendición

30 Sucederá que cuando hubieren venido sobre ti todas estas cosas, la bendición y la maldición que he puesto delante de ti, y te arrepintieres en medio de todas las naciones adonde te hubiere arrojado Jehová tu Dios, y te convirtieres a Jehová tu Dios, y obedecieres a su voz conforme a todo lo que yo te mando hoy, tú y tus hijos, con todo tu corazón y con toda tu alma, entonces Jehová hará volver a tus cautivos, y tendrá misericordia de ti, y volverá a recogerte de entre todos los pueblos adonde te hubiere esparcido Jehová tu Dios. Aun cuando tus desterrados estuvieren en las partes más lejanas que hay debajo del cielo, de allí te recogerá Jehová tu Dios, y de allá te tomará; y te hará volver Jehová tu Dios a la tierra que heredaron tus padres, y será tuya; y te hará bien, y te multiplicará más que a tus padres.

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