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15 Y las cinco mil cañas de anchura que quedan de las veinticinco mil, serán profanas, para la ciudad, para habitación y para ejido; y la ciudad estará en medio. 16 Estas serán sus medidas: al lado del norte cuatro mil quinientas cañas, al lado del sur cuatro mil quinientas, al lado del oriente cuatro mil quinientas, y al lado del occidente cuatro mil quinientas. 17 Y el ejido de la ciudad será al norte de doscientas cincuenta cañas, al sur de doscientas cincuenta, al oriente de doscientas cincuenta, y de doscientas cincuenta al occidente.

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15 »La sección restante de cinco mil codos[a] de ancho por veinticinco mil codos de largo es terreno profano. Se dedicará al uso común de la ciudad, para la construcción de viviendas y para pastizales. La ciudad quedará en el centro. 16 Medirá cuatro mil quinientos codos[b] de largo por el lado norte y lo mismo por sus lados sur, este y oeste. 17 Los pastizales de la ciudad medirán doscientos cincuenta codos[c] de ancho alrededor de toda la ciudad.

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Footnotes

  1. 48:15 Es decir, aprox. 2.7 km.
  2. 48:16 Es decir, aprox. 2.4 km; también en vv. 30, 32, 33 y 34.
  3. 48:17 Es decir, aprox. 135 m.