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20 Toda la porción cuadrada reservada de veinticinco mil cañas por cada lado, la reservarán ustedes como porción para el santuario y como propiedad de la ciudad.

21 Para el príncipe será lo que quede a uno y otro lado de la porción santa y de la propiedad de la ciudad, es decir, delante de las veinticinco mil cañas de la porción hasta el límite oriental, y al occidente delante de las veinticinco mil hasta el límite occidental. Estas partes mencionadas serán del príncipe; serán una porción consagrada, y el santuario del templo estará en medio de ella. 22 De este modo la porción del príncipe será la comprendida a partir de la porción de los levitas y la porción de la ciudad, entre el límite de Judá y el límite de Benjamín.

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20 Toda la porción reservada de veinticinco mil cañas por veinticinco mil en cuadro, reservaréis como porción para el santuario, y para la posesión de la ciudad.

21 Y del príncipe será lo que quedare a uno y otro lado de la porción santa y de la posesión de la ciudad, esto es, delante de las veinticinco mil cañas de la porción hasta el límite oriental, y al occidente delante de las veinticinco mil hasta el límite occidental, delante de las partes dichas será del príncipe; porción santa será, y el santuario de la casa estará en medio de ella. 22 De este modo la parte del príncipe será la comprendida desde la porción de los levitas y la porción de la ciudad, entre el límite de Judá y el límite de Benjamín.

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