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10 ¡Deben emplear balanzas justas y medidas cabales! 11 Un jómer (doscientos cuarenta litros) será su unidad de medida reguladora tanto para medidas líquidas como sólidas. Las unidades más pequeñas serán el efa (veinticuatro litros) para sólidos y el bato (veinticuatro litros) para líquidos. 12 La unidad de peso será la moneda de plata, de doce gramos; siempre debe ser cambiada por veinte guerás, nunca por menos. Cinco monedas serán valuadas a cinco monedas, no menos; y diez monedas a diez monedas. Cincuenta monedas siempre igualarán una mina.

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