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Leyes acerca de la lepra

13 El Señor habló con Moisés y con Aarón, y les dijo:

«Cuando alguien tenga alguna hinchazón, erupción o mancha blanca en la piel de su cuerpo, y éstas parezcan ser llagas de lepra, esa persona será llevada ante el sacerdote Aarón o ante alguno de sus hijos, los sacerdotes. El sacerdote examinará la llaga en la piel, y si el pelo en la llaga se ha puesto blanco y la llaga parece estar más hundida que la piel de la carne, entonces se trata de una llaga de lepra. El sacerdote la examinará, y declarará impura a esa persona.

»Si en la piel de su cuerpo aparece una mancha blanca, pero ésta no parece estar más hundida que la piel, ni el pelo se ha puesto blanco, entonces el sacerdote encerrará a la persona llagada durante siete días. Al séptimo día, el sacerdote lo examinará. Si la llaga mantiene el mismo aspecto y no se ha extendido por la piel, el sacerdote volverá a encerrarlo siete días más. Al séptimo día, el sacerdote volverá a examinarlo. Si la llaga se ve más oscura y no se ha extendido por la piel, el sacerdote lavará sus vestidos y lo declarará puro. Se trataba de una erupción.

»Si después de haberse mostrado al sacerdote para que lo declarara puro, la erupción en la piel se extiende, esa persona deberá mostrarse al sacerdote una vez más. Si al examinarlo, el sacerdote ve que la erupción se ha extendido por la piel, declarará impura a esa persona. Se trata de lepra.

»Cuando alguien tenga una llaga de lepra, deberá ser llevado al sacerdote. 10 Éste lo examinará, y si aparece en la piel un tumor blanco que haya hecho cambiar el color del pelo, y además se puede ver la carne viva, 11 se trata de lepra crónica en la piel de su cuerpo. Entonces el sacerdote lo declarará impuro, y no tendrá que encerrarlo porque es impuro.

12 »Pero si la lepra brota y se extiende por toda la piel, de tal modo que, hasta donde el sacerdote pueda ver, cubre de pies a cabeza toda la piel del llagado, 13 entonces el sacerdote lo examinará. Si la lepra ha cubierto todo el cuerpo del llagado, lo declarará limpio, pues toda la lepra se ha vuelto blanca y él es limpio.

14 »El día que aparezca en él la carne viva, será declarado impuro. 15 El sacerdote examinará la carne viva, y lo declarará impuro. La carne viva es impura, porque es lepra. 16 Pero si la carne viva cambia y se vuelve blanca, entonces se presentará ante el sacerdote, 17 y el sacerdote lo examinará. Si la llaga se ha vuelto blanca, el sacerdote declarará limpio al llagado, y limpio será.

18 »Si alguien tiene un forúnculo en la piel, y éste sana 19 y en lugar del forúnculo brota una hinchazón o una mancha blanca y rojiza, esa persona será llevada ante el sacerdote. 20 Éste la examinará, y si la mancha se ve más hundida que la piel y su pelo se ha puesto blanco, entonces lo declarará impuro. Se trata de una llaga de lepra que se originó en el forúnculo.

21 »Si el sacerdote examina la mancha, y no se ve en ella ningún pelo blanco, ni se ve más hundida que la piel, sino oscura, el sacerdote lo encerrará durante siete días. 22 Si la mancha sigue extendiéndose por la piel, el sacerdote lo declarará impuro, pues se trata de una llaga. 23 Pero si la mancha blanca se mantiene en su lugar, sin extenderse, se trata de la cicatriz del forúnculo, y el sacerdote lo declarará limpio.

24 »Cuando alguien tenga en la piel una quemadura, y en lo sanado del fuego aparezca una mancha blanquecina, rojiza o blanca, 25 el sacerdote la examinará. Si el pelo en la mancha se ha puesto blanco, y la mancha se ve más hundida que la piel, se trata de lepra que salió en la quemadura. Entonces el sacerdote lo declarará impuro, pues se trata de una llaga de lepra.

26 »Si el sacerdote examina la mancha, y no se ve en ella ningún pelo blanco, ni se ve más hundida que la piel, sino que se ve oscura, el sacerdote encerrará al llagado durante siete días. 27 Al séptimo día el sacerdote examinará la mancha, y si ésta se ha extendido por la piel, el sacerdote declarará impuro al llagado. Se trata de una llaga de lepra.

28 »Si la mancha se mantiene en su lugar sin extenderse por la piel, sino que se mantiene oscura, se trata de una cicatriz de quemadura, y el sacerdote lo declarará limpio porque se trata de la quemadura cicatrizada.

29 »Al hombre o a la mujer que le salga una llaga en la cabeza, o en la barba, 30 el sacerdote deberá examinarle la llaga. Si ésta se ve más hundida que la piel, y el pelo se ve amarillento y delgado, el sacerdote lo declarará impuro. Se trata de tiña, es decir, lepra de la cabeza o de la barba.

31 »Si el sacerdote examina la llaga de la tiña, y ésta no se ve más hundida que la piel, ni hay en ella ningún pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de tiña durante siete días. 32 Al séptimo día, el sacerdote examinará la llaga; si la tiña parece no haberse extendido, ni hay en ella ningún pelo amarillento, ni la tiña se ve más hundida que la piel, 33 entonces el sacerdote hará que el llagado se rasure, excepto en el lugar afectado, y encerrará al tiñoso siete días más. 34 Al séptimo día, el sacerdote examinará la tiña; si la tiña no se ha extendido por la piel, ni se ve más hundida que la piel, el sacerdote lo declarará limpio. Entonces el tiñoso lavará sus vestidos y quedará limpio.

35 »Si después de la purificación la tiña sigue extendiéndose por la piel, 36 el sacerdote la examinará, y si la tiña se ha extendido por la piel, no tendrá que buscar ningún pelo amarillento, pues esa persona es impura.

37 »Si el sacerdote estima que la tiña se ha detenido, y que en ella ha salido el pelo negro, la tiña ha sanado y el enfermo está limpio, y así lo declarará el sacerdote.

38 »Cuando un hombre o una mujer tenga manchas blancas en la piel de su cuerpo, 39 el sacerdote las examinará. Si en su piel aparecen manchas blancas semi oscuras, la persona está limpia, pues se trata de una irritación de la piel;

40 »Si a un hombre se le cae el pelo, es calvo pero limpio. 41 Si se le cae el pelo de la frente, es calvo pero limpio. 42 Pero si en la calva o en la antecalva tiene una llaga blanca y rojiza, se trata de lepra que brotó en su calva o en su antecalva. 43 El sacerdote lo examinará, y si la hinchazón de la llaga blanca y rojiza en su calva o en su antecalva tiene el aspecto de la lepra de piel, 44 entonces ese hombre está leproso, y es impuro. Así lo declarará el sacerdote. Es impuro por la llaga que tiene en la cabeza.

45 »La persona leprosa y llagada se vestirá de andrajos y andará con la cabeza descubierta, y cubriéndose la boca gritará: “¡Impuro! ¡Impuro!” 46 Mientras la llaga permanezca en él, será impuro y vivirá solo y fuera del campamento.

47 »Si aparece plaga de lepra en algún vestido de lana, o de lino, 48 o en alguna urdimbre o trama de lino o de lana, o en algún objeto de cuero, 49 en un vestido o en cuero, en urdimbre o en trama, o en cualquier otro objeto de cuero, y la plaga es verdosa o rojiza, se trata de plaga de lepra y el sacerdote deberá examinarla. 50 El sacerdote la examinará, y durante siete días mantendrá bajo llave la cosa plagada. 51 Al séptimo día, examinará la plaga; si ésta se ha extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, en el cuero, o en cualquier otro objeto de cuero, se trata de lepra maligna y será declarada impura. 52 Se quemará el vestido, o la urdimbre o trama de lana o de lino, o cualquier objeto de cuero infectado por tal plaga, porque es lepra maligna y debe arrojarse al fuego.

53 »Si el sacerdote hace el examen y no se ve que la plaga se haya extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquier otro objeto de cuero, 54 entonces mandará que se lave el objeto donde está la plaga, y una vez más lo mantendrá bajo llave durante siete días. 55 Una vez lavada la parte infectada, el sacerdote la examinará y, si se ve que la plaga no ha cambiado de aspecto, será declarada impura, aun cuando no se haya extendido. Ya sea que la corrosión esté en el derecho o en el revés del objeto infectado, éste deberá quemarse, pues se trata de una corrosión penetrante.

56 »Si el sacerdote examina la plaga, y después de lavada ésta se ve oscura, la cortará del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama. 57 Pero si ésta vuelve a aparecer en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquier objeto de cuero, y se extiende por ellos, deberás echar al fuego aquello donde esté la plaga. 58 Pero si se lavó el vestido, la urdimbre o la trama, o cualquier otro objeto de cuero, y la plaga se quitó, se lavará por segunda vez, y después de eso quedará limpia.»

59 Ésta es la ley para la plaga de lepra en vestidos de lana o de lino, o en urdimbres, tramas, o cualquier otro objeto de cuero, para que puedan ser declarados puros o impuros.

Leyes acerca de la lepra

13 Habló Jehová a Moisés y a Aarón, diciendo: Cuando el hombre tuviere en la piel de su cuerpo hinchazón, o erupción, o mancha blanca, y hubiere en la piel de su cuerpo como llaga de lepra, será traído a Aarón el sacerdote o a uno de sus hijos los sacerdotes. Y el sacerdote mirará la llaga en la piel del cuerpo; si el pelo en la llaga se ha vuelto blanco, y pareciere la llaga más profunda que la piel de la carne, llaga de lepra es; y el sacerdote le reconocerá, y le declarará inmundo. Y si en la piel de su cuerpo hubiere mancha blanca, pero que no pareciere más profunda que la piel, ni el pelo se hubiere vuelto blanco, entonces el sacerdote encerrará al llagado por siete días. Y al séptimo día el sacerdote lo mirará; y si la llaga conserva el mismo aspecto, no habiéndose extendido en la piel, entonces el sacerdote le volverá a encerrar por otros siete días. Y al séptimo día el sacerdote le reconocerá de nuevo; y si parece haberse oscurecido la llaga, y que no ha cundido en la piel, entonces el sacerdote lo declarará limpio: era erupción; y lavará sus vestidos, y será limpio. Pero si se extendiere la erupción en la piel después que él se mostró al sacerdote para ser limpio, deberá mostrarse otra vez al sacerdote. Y si reconociéndolo el sacerdote ve que la erupción se ha extendido en la piel, lo declarará inmundo: es lepra.

Cuando hubiere llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote. 10 Y este lo mirará, y si apareciere tumor blanco en la piel, el cual haya mudado el color del pelo, y se descubre asimismo la carne viva, 11 es lepra crónica en la piel de su cuerpo; y le declarará inmundo el sacerdote, y no le encerrará, porque es inmundo. 12 Mas si brotare la lepra cundiendo por la piel, de modo que cubriere toda la piel del llagado desde la cabeza hasta sus pies, hasta donde pueda ver el sacerdote, 13 entonces este le reconocerá; y si la lepra hubiere cubierto todo su cuerpo, declarará limpio al llagado; toda ella se ha vuelto blanca, y él es limpio. 14 Mas el día que apareciere en él la carne viva, será inmundo. 15 Y el sacerdote mirará la carne viva, y lo declarará inmundo. Es inmunda la carne viva; es lepra. 16 Mas cuando la carne viva cambiare y se volviere blanca, entonces vendrá al sacerdote, 17 y el sacerdote mirará; y si la llaga se hubiere vuelto blanca, el sacerdote declarará limpio al que tenía la llaga, y será limpio.

18 Y cuando en la piel de la carne hubiere divieso, y se sanare, 19 y en el lugar del divieso hubiere una hinchazón, o una mancha blanca rojiza, será mostrado al sacerdote. 20 Y el sacerdote mirará; y si pareciere estar más profunda que la piel, y su pelo se hubiere vuelto blanco, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra que se originó en el divieso. 21 Y si el sacerdote la considerare, y no apareciere en ella pelo blanco, ni fuere más profunda que la piel, sino oscura, entonces el sacerdote le encerrará por siete días; 22 y si se fuere extendiendo por la piel, entonces el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga. 23 Pero si la mancha blanca se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido, es la cicatriz del divieso, y el sacerdote lo declarará limpio.

24 Asimismo cuando hubiere en la piel del cuerpo quemadura de fuego, y hubiere en lo sanado del fuego mancha blanquecina, rojiza o blanca, 25 el sacerdote la mirará; y si el pelo se hubiere vuelto blanco en la mancha, y esta pareciere ser más profunda que la piel, es lepra que salió en la quemadura; y el sacerdote lo declarará inmundo, por ser llaga de lepra. 26 Mas si el sacerdote la mirare, y no apareciere en la mancha pelo blanco, ni fuere más profunda que la piel, sino que estuviere oscura, le encerrará el sacerdote por siete días. 27 Y al séptimo día el sacerdote la reconocerá; y si se hubiere ido extendiendo por la piel, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra. 28 Pero si la mancha se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido en la piel, sino que estuviere oscura, es la cicatriz de la quemadura; el sacerdote lo declarará limpio, porque señal de la quemadura es.

29 Y al hombre o mujer que le saliere llaga en la cabeza, o en la barba, 30 el sacerdote mirará la llaga; y si pareciere ser más profunda que la piel, y el pelo de ella fuere amarillento y delgado, entonces el sacerdote le declarará inmundo; es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba. 31 Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere ser más profunda que la piel, ni hubiere en ella pelo negro, el sacerdote encerrará por siete días al llagado de la tiña; 32 y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga; y si la tiña no pareciere haberse extendido, ni hubiere en ella pelo amarillento, ni pareciere la tiña más profunda que la piel, 33 entonces le hará que se rasure, pero no rasurará el lugar afectado; y el sacerdote encerrará por otros siete días al que tiene la tiña. 34 Y al séptimo día mirará el sacerdote la tiña; y si la tiña no hubiere cundido en la piel, ni pareciere ser más profunda que la piel, el sacerdote lo declarará limpio; y lavará sus vestidos y será limpio. 35 Pero si la tiña se hubiere ido extendiendo en la piel después de su purificación, 36 entonces el sacerdote la mirará; y si la tiña hubiere cundido en la piel, no busque el sacerdote el pelo amarillento; es inmundo. 37 Mas si le pareciere que la tiña está detenida, y que ha salido en ella el pelo negro, la tiña está sanada; él está limpio, y limpio lo declarará el sacerdote.

38 Asimismo cuando el hombre o la mujer tuviere en la piel de su cuerpo manchas, manchas blancas, 39 el sacerdote mirará, y si en la piel de su cuerpo aparecieren manchas blancas algo oscurecidas, es empeine que brotó en la piel; está limpia la persona.

40 Y el hombre, cuando se le cayere el cabello, es calvo, pero limpio. 41 Y si hacia su frente se le cayere el cabello, es calvo por delante, pero limpio. 42 Mas cuando en la calva o en la antecalva hubiere llaga blanca rojiza, lepra es que brota en su calva o en su antecalva. 43 Entonces el sacerdote lo mirará, y si pareciere la hinchazón de la llaga blanca rojiza en su calva o en su antecalva, como el parecer de la lepra de la piel del cuerpo, 44 leproso es, es inmundo, y el sacerdote lo declarará luego inmundo; en su cabeza tiene la llaga.

45 Y el leproso en quien hubiere llaga llevará vestidos rasgados y su cabeza descubierta, y embozado pregonará: ¡Inmundo! ¡Inmundo! 46 Todo el tiempo que la llaga estuviere en él, será inmundo; estará impuro, y habitará solo; fuera del campamento será su morada.

47 Cuando en un vestido hubiere plaga de lepra, ya sea vestido de lana, o de lino, 48 o en urdimbre o en trama de lino o de lana, o en cuero, o en cualquiera obra de cuero; 49 y la plaga fuere verdosa, o rojiza, en vestido o en cuero, en urdimbre o en trama, o en cualquiera obra de cuero; plaga es de lepra, y se ha de mostrar al sacerdote. 50 Y el sacerdote mirará la plaga, y encerrará la cosa plagada por siete días. 51 Y al séptimo día mirará la plaga; y si se hubiere extendido la plaga en el vestido, en la urdimbre o en la trama, en el cuero, o en cualquiera obra que se hace de cuero, lepra maligna es la plaga; inmunda será. 52 Será quemado el vestido, la urdimbre o trama de lana o de lino, o cualquiera obra de cuero en que hubiere tal plaga, porque lepra maligna es; al fuego será quemada.

53 Y si el sacerdote mirare, y no pareciere que la plaga se haya extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquiera obra de cuero, 54 entonces el sacerdote mandará que laven donde está la plaga, y lo encerrará otra vez por siete días. 55 Y el sacerdote mirará después que la plaga fuere lavada; y si pareciere que la plaga no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido la plaga, inmunda es; la quemarás al fuego; es corrosión penetrante, esté lo raído en el derecho o en el revés de aquella cosa.

56 Mas si el sacerdote la viere, y pareciere que la plaga se ha oscurecido después que fue lavada, la cortará del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama. 57 Y si apareciere de nuevo en el vestido, la urdimbre o trama, o en cualquiera cosa de cuero, extendiéndose en ellos, quemarás al fuego aquello en que estuviere la plaga. 58 Pero el vestido, la urdimbre o la trama, o cualquiera cosa de cuero que lavares, y que se le quitare la plaga, se lavará por segunda vez, y entonces será limpia.

59 Esta es la ley para la plaga de la lepra del vestido de lana o de lino, o de urdimbre o de trama, o de cualquiera cosa de cuero, para que sea declarada limpia o inmunda.