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10 Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hayáis pasado al otro lado del Jordán a la tierra de Canaán, 11 os señalaréis ciudades, ciudades de refugio(A) tendréis, donde huya el homicida que hiriere a alguno de muerte sin intención. 12 Y os serán aquellas ciudades para refugiarse del vengador, y no morirá el homicida hasta que entre en juicio delante de la congregación. 13 De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de refugio. 14 Tres ciudades daréis a este lado del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán, las cuales serán ciudades de refugio. 15 Estas seis ciudades serán de refugio para los hijos de Israel, y para el extranjero y el que more entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere de muerte a otro sin intención.

16 Si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá. 17 Y si con piedra en la mano, que pueda dar muerte, lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá. 18 Y si con instrumento de palo en la mano, que pueda dar muerte, lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá. 19 El vengador de la sangre, él dará muerte al homicida; cuando lo encontrare, él lo matará. 20 Y si por odio lo empujó, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere; 21 o por enemistad lo hirió con su mano, y murió, el heridor morirá; es homicida; el vengador de la sangre matará al homicida cuando lo encontrare.

22 Mas si casualmente lo empujó sin enemistades, o echó sobre él cualquier instrumento sin asechanzas, 23 o bien, sin verlo hizo caer sobre él alguna piedra que pudo matarlo, y muriere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal; 24 entonces la congregación juzgará entre el que causó la muerte y el vengador de la sangre conforme a estas leyes; 25 y la congregación librará al homicida de mano del vengador de la sangre, y la congregación lo hará volver a su ciudad de refugio, en la cual se había refugiado; y morará en ella hasta que muera el sumo sacerdote, el cual fue ungido con el aceite santo. 26 Mas si el homicida saliere fuera de los límites de su ciudad de refugio, en la cual se refugió, 27 y el vengador de la sangre le hallare fuera del límite de la ciudad de su refugio, y el vengador de la sangre matare al homicida, no se le culpará por ello; 28 pues en su ciudad de refugio deberá aquel habitar hasta que muera el sumo sacerdote; y después que haya muerto el sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra de su posesión.

Ley sobre los testigos y sobre el rescate

29 Estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones. 30 Cualquiera que diere muerte a alguno, por dicho de testigos morirá el homicida; mas un solo testigo no hará fe contra una persona para que muera.(B) 31 Y no tomaréis precio por la vida del homicida, porque está condenado a muerte; indefectiblemente morirá. 32 Ni tampoco tomaréis precio del que huyó a su ciudad de refugio, para que vuelva a vivir en su tierra, hasta que muera el sumo sacerdote. 33 Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis; porque esta sangre amancillará la tierra, y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó. 34 No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.

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10 que dijera a los israelitas: «Cuando crucen el Jordán y entren a Canaán, 11 escojan ciudades de refugio adonde pueda huir quien involuntariamente mate a alguien. 12 Esa persona podrá huir a esas ciudades para protegerse del vengador. Así se evitará que se mate al homicida antes de ser juzgado por la comunidad. 13 Seis serán las ciudades que ustedes reservarán como ciudades de refugio. 14 Tres de ellas estarán en el lado este del Jordán y las otras tres en Canaán. 15 Estas seis ciudades servirán de refugio a los israelitas y a los extranjeros, sean estos residentes o solo estén de paso. Cualquiera que involuntariamente dé muerte a alguien podrá refugiarse en estas ciudades.

16 »Si alguien golpea a una persona con un objeto de hierro y esa persona muere, el agresor es un asesino y será condenado a muerte.

17 »Si alguien golpea a una persona con una piedra y esa persona muere, el agresor es un asesino y será condenado a muerte.

18 »Si alguien golpea a una persona con un pedazo de madera y esa persona muere, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. 19 Corresponderá al vengador matar al asesino. Cuando lo encuentre, lo matará.

20 »Si alguien mata a una persona por haberla empujado con malas intenciones, o por haberle lanzado algo intencionalmente, 21 o por haberle dado un puñetazo por enemistad, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. Cuando el vengador lo encuentre, lo matará.

22 »Pero podría ocurrir que alguien sin enemistad empuje a una persona, o que sin mala intención le lance algún objeto, 23 o que sin darse cuenta le deje caer una piedra, y que esa persona muera. Como en este caso ellos no eran enemigos, ni hubo intención de hacer daño, 24 será la comunidad la que, de acuerdo con estas leyes, deberá juzgar entre el acusado y el vengador. 25 La comunidad deberá proteger del vengador al acusado, dejando que el acusado regrese a la ciudad de refugio adonde huyó, y que se quede allí hasta la muerte del sumo sacerdote que fue ungido con el aceite sagrado.

26 »Pero si el acusado sale de los límites de la ciudad de refugio adonde huyó, 27 el vengador podrá matarlo y no será culpable de homicidio si lo encuentra fuera de la ciudad. 28 Así que el acusado debe permanecer en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Después de eso podrá volver a su heredad.

29 »Estas disposiciones legales regirán siempre sobre todos tus descendientes, dondequiera que vivan.

30 »Solo por el testimonio de varios testigos se podrá dar muerte a una persona acusada de homicidio. Nadie podrá ser condenado a muerte por el testimonio de un solo testigo.

31 »No aceptarán rescate por la vida de un asesino condenado a muerte. Tendrá que morir.

32 »Tampoco aceptarán rescate para permitir que el refugiado regrese a vivir a su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote.

33 »No contaminarán la tierra que habitan. El derramamiento de sangre contamina la tierra, y solo con la sangre de aquel que la derramó es posible purificar la tierra.

34 »No contaminarán la tierra donde vivan, y donde yo también habito, porque yo, el Señor, vivo entre los israelitas».

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Las ciudades de refugio

(Nm. 35.9-28)

19 Cuando Jehová tu Dios destruya a las naciones cuya tierra Jehová tu Dios te da a ti, y tú las heredes, y habites en sus ciudades, y en sus casas; te apartarás tres ciudades(A) en medio de la tierra que Jehová tu Dios te da para que la poseas. Arreglarás los caminos, y dividirás en tres partes la tierra que Jehová tu Dios te dará en heredad, y será para que todo homicida huya allí.

Y este es el caso del homicida que huirá allí, y vivirá: aquel que hiriere a su prójimo sin intención y sin haber tenido enemistad con él anteriormente; como el que fuere con su prójimo al monte a cortar leña, y al dar su mano el golpe con el hacha para cortar algún leño, saltare el hierro del cabo, y diere contra su prójimo y este muriere; aquel huirá a una de estas ciudades, y vivirá; no sea que el vengador de la sangre, enfurecido, persiga al homicida, y le alcance por ser largo el camino, y le hiera de muerte, no debiendo ser condenado a muerte por cuanto no tenía enemistad con su prójimo anteriormente. Por tanto yo te mando, diciendo: Separarás tres ciudades. Y si Jehová tu Dios ensanchare tu territorio, como lo juró a tus padres, y te diere toda la tierra que prometió dar a tus padres, siempre y cuando guardares todos estos mandamientos que yo te prescribo hoy, para ponerlos por obra; que ames a Jehová tu Dios y andes en sus caminos todos los días; entonces añadirás tres ciudades más a estas tres, 10 para que no sea derramada sangre inocente en medio de la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad, y no seas culpado de derramamiento de sangre.

11 Pero si hubiere alguno que aborreciere a su prójimo y lo acechare, y se levantare contra él y lo hiriere de muerte, y muriere; si huyere a alguna de estas ciudades, 12 entonces los ancianos de su ciudad enviarán y lo sacarán de allí, y lo entregarán en mano del vengador de la sangre para que muera. 13 No le compadecerás; y quitarás de Israel la sangre inocente, y te irá bien.

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Las ciudades de refugio

19 Cuando el Señor tu Dios haya destruido a las naciones cuyo territorio va a entregarte, y tú las hayas expulsado y te hayas establecido en sus ciudades y en sus casas, apartarás tres ciudades en medio de la tierra que el Señor tu Dios te da en posesión. Dividirás en tres partes la tierra que el Señor tu Dios te da por herencia, y construirás caminos para que cualquiera que haya matado a alguien pueda ir a refugiarse en ellas.

En cuanto al homicida que llegue allí a refugiarse, solo se salvará el que haya matado a su prójimo sin premeditación ni rencor alguno. Por ejemplo, si un hombre va con su prójimo al bosque a cortar leña, y al dar el hachazo para cortar un árbol el hierro se desprende y golpea a su prójimo y lo mata, tal hombre podrá refugiarse en una de esas ciudades y ponerse a salvo. Es necesario evitar grandes distancias, para que el enfurecido vengador del delito de sangre no le dé alcance y lo mate; aquel hombre no merece la muerte, puesto que mató a su prójimo sin premeditación. Por eso te ordeno apartar tres ciudades.

Si el Señor tu Dios extiende tu territorio, como se lo juró a tus antepasados, y te da toda la tierra que te prometió, y si tú obedeces todos estos mandamientos que hoy te ordeno, y amas al Señor tu Dios y andas siempre en sus caminos, entonces apartarás tres ciudades más. 10 De este modo, no se derramará sangre inocente en la tierra que el Señor tu Dios te da por herencia, y tú no serás culpable de homicidio.

11 Pero si un hombre odia a su prójimo y le prepara una emboscada, lo asalta, lo mata y luego busca refugio en una de esas ciudades, 12 los jefes de su ciudad mandarán arrestarlo y lo entregarán al vengador para que lo mate. 13 No le tendrás lástima, porque así evitarás que Israel sea culpable de que se derrame sangre inocente y a ti te irá bien.

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Josué señala ciudades de refugio

20 Habló Jehová a Josué, diciendo: Habla a los hijos de Israel y diles: Señalaos las ciudades de refugio, de las cuales yo os hablé por medio de Moisés,(A) para que se acoja allí el homicida que matare a alguno por accidente y no a sabiendas; y os servirán de refugio contra el vengador de la sangre. Y el que se acogiere a alguna de aquellas ciudades, se presentará a la puerta de la ciudad, y expondrá sus razones en oídos de los ancianos de aquella ciudad; y ellos le recibirán consigo dentro de la ciudad, y le darán lugar para que habite con ellos. Si el vengador de la sangre le siguiere, no entregarán en su mano al homicida, por cuanto hirió a su prójimo por accidente, y no tuvo con él ninguna enemistad antes. Y quedará en aquella ciudad hasta que comparezca en juicio delante de la congregación, y hasta la muerte del que fuere sumo sacerdote en aquel tiempo; entonces el homicida podrá volver a su ciudad y a su casa y a la ciudad de donde huyó.

Entonces señalaron a Cedes en Galilea, en el monte de Neftalí, Siquem en el monte de Efraín, y Quiriat-arba (que es Hebrón) en el monte de Judá. Y al otro lado del Jordán al oriente de Jericó, señalaron a Beser en el desierto, en la llanura de la tribu de Rubén, Ramot en Galaad de la tribu de Gad, y Golán en Basán de la tribu de Manasés. Estas fueron las ciudades señaladas para todos los hijos de Israel, y para el extranjero que morase entre ellos, para que se acogiese a ellas cualquiera que hiriese a alguno por accidente, a fin de que no muriese por mano del vengador de la sangre, hasta que compareciese delante de la congregación.

Ciudades de refugio

20 El Señor dijo a Josué: «Pide a los israelitas que designen algunas ciudades de refugio, tal como te lo ordené por medio de Moisés. Así cualquier persona que mate a otra accidentalmente o sin premeditación podrá huir a esas ciudades para refugiarse del vengador del delito de sangre.

»Cuando tal persona huya a una de esas ciudades, se ubicará a la entrada y allí presentará su caso ante los jefes de la ciudad. Acto seguido, los ancianos lo aceptarán en esa ciudad y le asignarán un lugar para vivir con ellos. Si el vengador del delito de sangre persigue a la persona hasta esa ciudad, los ancianos no deberán entregárselo, pues ya habrán aceptado al que mató sin premeditación ni rencor alguno. El acusado permanecerá en aquella ciudad hasta haber comparecido ante la asamblea del pueblo y hasta que el sumo sacerdote en funciones haya fallecido. Solo después de esto el acusado podrá regresar a su hogar y al pueblo del cual huyó tiempo atrás».

En respuesta a la orden de Josué, los israelitas designaron Cedes en Galilea, en la región montañosa de Neftalí; Siquén, en la región montañosa de Efraín, y Quiriat Arbá, conocida como Hebrón, en la región montañosa de Judá. Al este del río Jordán,[a] escogieron las tres ciudades siguientes: Béser, en el desierto que está en la meseta perteneciente al territorio de la tribu de Rubén; Ramot de Galaad, en el territorio de la tribu de Gad, y Golán de Basán, en el territorio de la tribu de Manasés. Todo israelita o extranjero residente que hubiera matado accidentalmente a alguien podría huir hacia una de esas ciudades para no morir por mano del vengador del delito de sangre, antes de ser juzgado por la asamblea.

Footnotes

  1. 20:8 del río Jordán. Lit. del Jordán de Jericó (uno de los antiguos nombres asignados al río Jordán).