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de treinta años arriba hasta los cincuenta, todos los que se enlistan[a] para servir en la tienda de reunión(A).

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Footnotes

  1. Números 4:3 Lit., que entran al servicio

de edad de treinta años arriba hasta cincuenta años, todos los que entran en compañía para servir en el tabernáculo de reunión.

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Incluye en él a todos los varones de treinta a cincuenta años que sean aptos para servir en la Tienda de reunión.

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24 Esto es lo que se refiere a los levitas: desde los veinticinco años en adelante entrarán[a] a cumplir el servicio en el ministerio de la tienda de reunión(A). 25 Pero a[b] los cincuenta años se jubilarán[c] de ejercer el ministerio, y no trabajarán más. 26 Sin embargo, pueden ayudar[d] a sus hermanos en la tienda de reunión a cumplir sus obligaciones, pero no a ejercer el ministerio. Así harás con los levitas en cuanto a sus obligaciones(B).

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Footnotes

  1. Números 8:24 Lit., entrará
  2. Números 8:25 Lit., desde
  3. Números 8:25 Lit., volverán
  4. Números 8:26 Lit., servir

24 Los levitas de veinticinco años arriba entrarán a ejercer su ministerio en el servicio del tabernáculo de reunión. 25 Pero desde los cincuenta años cesarán de ejercer su ministerio, y nunca más lo ejercerán. 26 Servirán con sus hermanos en el tabernáculo de reunión, para hacer la guardia, pero no servirán en el ministerio. Así harás con los levitas en cuanto a su ministerio.

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24 «Esta norma se aplicará a los levitas: Para el servicio de la Tienda de reunión se inscribirá a los que tengan veinticinco años o más; 25 pero cesarán en sus funciones y se retirarán cuando cumplan los cincuenta, 26 después de lo cual podrán seguir ayudando a sus hermanos en el ejercicio de sus deberes en la Tienda de reunión, pero no deberán hacer el trabajo. Estos son los deberes que asignarás a los levitas».

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