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10 «Habla con los hijos de Israel, y diles: “Cuando ustedes hayan pasado a la tierra de Canaán, al otro lado del Jordán, 11 designarán algunas ciudades como ciudades de refugio,(A) a las que pueda huir aquel homicida que, sin proponérselo, hiera de muerte a alguien. 12 Esas ciudades servirán para refugiarse del que quiera tomar venganza, pues el homicida no será condenado a muerte hasta que sea juzgado en presencia de la congregación.

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